miércoles, abril 26, 2006

A propósito del vencimiento de la prórroga para la Solvencia Laboral

A propósito del vencimiento de la prórroga de 30 días otorgada por el Gobierno para la implementación del Decreto Nº 4.524 de fecha 21 de marzo de 2006, a continuación señalamos los puntos que revisará el Ministerio del Trabajo al momento de solicitar la Solvencia Laboral
OBLIGACIONES LABORALES INSPECCIONADAS POR EL MINISTERIO DEL TRABAJO:

1. Pago del salario mínimo.
2. Cumplimiento de la Jornada de trabajo.
3. Pago oportuno de prestaciones.
4. Disfrute oportuno de vacaciones .
5. Respeto al Fuero Maternal.
6. Beneficio de Guardería.
7. Inscripción y pago oportuno del INCE.
8. Pago oportuno de las cotizaciones de CONAVI (política habitacional).

ASPECTOS DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO
1. Conformación del Comité de Seguridad y Salud.
2. Elección de los Delegados de Prevención.
3. Respeto al proceso eleccionario de los Delegados.
4. Respeto de la inamovilidad de los Delegados de Prevención .
5. Identificación adecuada de las condiciones de seguridad y medio ambiente en el trabajo.
6. Notificación de riesgos laborales a los trabajadores .
7. Provisión y dotación de equipos de seguridad individual.
8. Sistema de atención primaria (Primeros auxilios).
9. En las empresas con un número significativo de trabajadores (no se específicó el mínimo), la disponibilidad de una ambulancia o de un medio de transporte acondicionado y adecuado en caso de accidentes.
10. No brindar elementos de saneamiento a los trabajadores: agua potable, baños limpios y salones de descanso.
11. No notificar al INPSASEL la ocurrencia de enfermedades ocupacionales o accidentes de trabajo.
12. Impedir la actuación de los funcionarios de fiscalización tanto del INPSASEL como del MINTRA.
13. No proveer equipos de protección básicos.
14. Proveer a los organismos supervisores información falseada o medios de prueba falsos.

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